miércoles, 7 de enero de 2009

La Prohibicion Artificial de los Fuegos Artificiales



Desde hace ya varios años, es costumbre que la Secretaria de Interior y Policia "con ley o sin ley" prohiba la venta y manipulacion de los fuegos artificiales para las personas que "no estan autorizadas" para su uso o venta, siempre amenazan de que serán sometidos a la justicia los que sean encontrados violando la resolucion y el decreto 616-06, que tratan sobre la materia, las navidades del 2008 que recien han pasado no fueron la exepcion.

Lo curioso de este caso es que ambos textos prohiben la distribucion de los fuegos artificiales, pero no poseen ningun tipo de sanción para las personas que los manipulen y para aquellas que los vendan, la unica sanción es la incautacion y posterior destruccion de los materiales pirotecnicos.

Lo que no es un juego es la prohibicion que hace la ley 136-03, mejor conocida como el Codigo de Proteccion de los Niños, Niñas y Adolescentes, que establece penas para las personas que vendan u otorguen fuegos artificiales a los menores de edad, bajo cualquier titulo, condicion o parentesco.

En tal sentido, si en las pasadas fiestas navideñas ubieran encontrado a alguien mayor de edad utilizando los fuegos artificiales, la policia no podría sancionar a esa persona, pues la disposicion no contiene ninguna sancion legal.

Gracias a Dios la campaña del 2008 sobre los fuegos artificiales surtió efecto, pues no se reporto ningun accidente relacionado con la manipulacion de artefactos pirotecnicos.

Esperamos que para las proximas navidades del 2009, ya la situacion legal esté corregida para que no exista esa debilidad juridica sobre los violadores de la disposicion ejecutiva.

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